August 25th, 2020

Impuestos al vender una casa a los que se debe hacer frente

La venta de una vivienda lleva implícita una serie de impuestos a los que el propietario deberá hacer frente. Un tema con el que muchas veces no se está del todo familiarizado y que puede conllevar alguna que otra duda.

Wim Verhoef
Wim Verhoef Marketing Director

Hoy, desde Porfinca, tu inmobiliaria en la Costa Brava de confianza, queremos que conozcáis los 3 impuestos al vender una casa que hay que liquidar cuándo se produce la transacción.

Esta repercusión fiscal afecta a todos los propietarios que formalizan la compra-venta de cualquier propiedad. Se trata de impuestos locales o estatales que afectan a distintas áreas cuyo importe suele variar a causa de distintos factores, como por ejemplo, el lugar dónde se encuentra la propiedad o el precio final de venta.

1. La plusvalía municipal

También conocido como IIVTNU. Dicho impuesto corresponde a la administración local dónde se encuentra la vivienda y hace referencia al incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana. 

Su valor viene marcado por el ayuntamiento de la localidad. Se puede eximir si se demuestra que durante los años que uno ha sido propietario no se ha producido ningún incremento de valor.

2. El impuesto sobre la renta de personas físicas

La venta de una vivienda se considera una ganancia patrimonial, es por eso que se hace efectivo este impuesto, conocido también como IRPF.

En este caso, estamos ante un impuesto de ámbito estatal cuyo valor tributa entre el 19% y el 23%, en función del precio de la vivienda. Existen tres casos en los que se exime:

  • Cuándo el propietario es mayor de 65 años y está vendiendo su vivienda habitual.

  • Cuando el dinero que se obtiene de la compra-venta se invierte en la compra de una nueva propiedad. La ganancia reinvertida será la que se podrá deducir; en el caso que exista diferencia, ésta sí que se tributará.

  • Cuándo el propietario es mayor de 65 años, ha vendido una segunda residencia (no la vivienda habitual) y ha reinvertido esta ganancia en la contratación de una renta vitalicia.

3. El impuesto de bienes inmuebles

También conocido como IBI. Se trata de un impuesto anual que se hace efectivo a fecha 1 de enero. Por lo tanto, corresponde a la persona que es propietaria en ese momento. En el caso que la propiedad se venda pasada esta fecha, a efectos legales, el nuevo propietario deberá pagar la parte proporcional al comprar la vivienda. 

Es realmente importante estar al corriente de todos estos impuestos, ya que de lo contrario, el propietario podría enfrentarse a recargos o sanciones por parte de la Agencia Tributaria.

Y la mejor forma de hacerlo es confiar en profesionales expertos en asesoría fiscal. 

En Porfinca, tu inmobiliaria Costa Brava de confianza, acompañamos a nuestros clientes de principio a fin en el proceso de la compra-venta y nos ocupamos de todas las gestiones y trámites necesarios.

Si estás interesado en vender casa en Begur, Calella, Pals, Tamariu, Platja d’Aro o cualquier otro rincón de la Costa Brava, no lo dudes, ponte en contacto con nuestro equipo y asegúrate una compra-venta exitosa y sin ningún tipo de contratiempo.